El Servicio Nacional de Aduanas, ha regulado el Movimiento Transfronterizo de los Servicios, es decir, el comercio que se realiza entre dos países. El servicio, cruza la frontera, sin desplazamiento de las personas.
El proveedor/exportador de servicio, no se desplaza, ni establece presencia en el país en el que se consume el servicio. Ej. Software que se envía a través de Internet, estudio de mercado en Chile, para ser enviado al exterior; transferencia bancaria de dinero.
Corresponde al Servicio Nacional de Aduanas, calificar un servicio como Servicio de Exportación, y actualmente sólo califica los de Movimiento Transfronterizo, es decir:
Para que un servicio sea calificado como exportación, el Servicio Nacional de Aduanas exigirá el cumplimiento de los siguientes requisitos: