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Pasavante para vehículos de Zona Franca , qué es y como se acredita la residencia.

 

Es el documento emitido por Aduana que habilita al residente en las 1ª y XVª Regiones, para poder sacar al resto del país un vehículo de su propiedad internado por Zona Franca, hasta por 90 días por cada año calendario, computándose para tales efectos, tanto la permanencia del vehículo en el resto del país como en el extranjero. El pasavante tiene una vigencia de un año, a contar de la fecha de emisión, y además un número único que permanecerá asociado por toda la vida del vehículo, aunque posteriormente cambie de dueño. El pasavante es personal e intransferible y por lo tanto, habilita sólo al propietario del vehículo para conducirlo fuera de la zona de extensión. Por excepción podrá hacerlo el o la cónyuge del titular debidamente acreditado. WWW.ADUANA.CL/CRG

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