• Dolar aduanero : $954,25
  • U.T.M : $65.182

SAG: ESTABLECE MEDIDAS FITOSANITARIAS PROVISORIAS DE EMERGENCIA A LA IMPORTACIÓN DE ROPAS, JUGUETES, VEHICULOS O MERCANCIAS USADAS

 

Atendido que se ha interceptado en puntos de ingreso chilenos la plaga HALYOMORPHA HALYS (Orden Hemiptera, fam. Pentatomidae), en embarques de ropa, juguetes, vehículos (autos, camiones entre otros) usados, provenientes de algunos puertos de Estados Unidos de Norteamérica.  Y que el SAG realizó un Análisis de Riesgo de Plagas para HALYOMORPHA HALYS, determinándose que es una plaga cuarentenaria ausente para Chile y que es una plaga que está presente en CHINA, COREA, JAPON, TAIWAN y algunos estados de Estados Unidos de Norteamérica, donde ha demostrado ser una plaga para frutales, cultivos y ornamentales. 
Y  que el eventual ingreso de esta plaga al país podría poner en riesgo el patrimonio fitosanitario nacional, estimándose necesario disponer medidas fitosanitarias de emergencia, es que se dictó la Resolución Exenta 1101, que determinó:
En carácter provisorio y emergencial, todo producto consistente en ropa, juguetes, vehículos usados y otras mercancías usadas, que ingresen al país provenientes de áreas de riesgo de HALYOMORPHA HALYS  y que hayan presentado intercepciones previas en Chile, de acuerdo a los registros mantenidos por el SAG, deberán ingresar al país con alguno de los tratamientos fitosanitarios (establecidos en el Resuelvo 5 de la citada Resolución), los cuales deben ser aplicados en origen, con una antelación máxima de 5 días previo al embarque de la mercancía. 
Tratamiento fitosanitario que debe ser acreditado por la empresa que lo ejecutó en el país de origen a través de la emisión de un certificado.  Certificado en original  que debe venir acompañando el envío y ser presentado a los inspectores del SAG en el punto de ingreso  al momento de arribo de la mercancía.
Ante la intercepción  de ejemplares vivos de la plaga o que el envio no venga amparado  por el certificado de tratamiento , la mercadería será rechazada y reembarcada. 
Los tratamientos fitosanitarios, dependiendo del producto internado, deberán ser ejecutados según las especificaciones técnicas que indica la Resolución 1101.
Estableciendo  para el caso de Ropa y Juguetes, Fumigación con Bromuro de Metilo o Fumigación con Fosfina. 
Vehículos usados, tratamiento  con un Piretroide, aplicado interna  y externamente con equipo de termoniebla o nebulización. 
Los contenedores o medios en los cuales se consolide la carga, incluyendo los medios de transporte, deberán estar limpios y libres de HALYOMORPHA HALYS.  Ante la intercepción de esta plaga, el Servicio solicitará  la aplicación de las medidas fitosanitarias que considere adecuadas, según cada caso particular. 
Las infracciones a la presente resolución serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto en el D.L. N°3557, de 1980 y de acuerdo a la ley N°18.755.-
REG.CAACH 124-12

Imágenes

Diseño Web - Posicionamiento Web - Sistema Web